Buenos Aires · Argentina
Para entenderFinanzas digitales

Chequeado: no, ARCA no cambió esta semana los límites para transferencias y billeteras virtuales

Varias publicaciones presentaron como nueva una normativa que en realidad fue emitida en mayo de 2025. Te explicamos qué significan los montos y por qué superar un límite no implica automáticamente una investigación.

Redacción Al Tanto16 de julio de 20264 min
  • ARCA
  • billeteras
  • chequeado por Al Tanto
  • verificación
Calculadora, papeles y una taza sobre un escritorio de trabajo
Unsplash

Durante los últimos días volvieron a circular titulares que afirmaban que ARCA había establecido 'nuevos límites' para transferencias bancarias, billeteras virtuales y plazos fijos.

La información sobre los montos es real, pero no corresponde a una nueva medida adoptada en julio de 2026. Los valores citados provienen principalmente de la Resolución General 5699, emitida el 22 de mayo de 2025 y publicada en el Boletín Oficial al día siguiente.

La norma estableció que bancos y proveedores de billeteras deben informar determinadas operaciones cuando alcanzan ciertos montos mensuales. Al momento de su publicación, el umbral para acreditaciones bancarias, ingresos, egresos o saldos en billeteras de personas humanas quedó en $50 millones, y en $30 millones para personas jurídicas.

Un detalle importante: la propia resolución prevé que estos montos se actualicen cada seis meses según la inflación (IPC). Por eso, los valores vigentes hoy pueden ser más altos que los originales; antes de tomar cualquier decisión conviene consultar los montos actualizados en el sitio de ARCA.

Estos valores corresponden a obligaciones de información de bancos, billeteras y otras entidades. No significan que una transferencia por debajo del límite sea invisible ni que superar el monto constituya por sí mismo una infracción o una investigación.

ARCA puede requerir documentación cuando detecta inconsistencias fiscales, independientemente de que una operación haya alcanzado o no alguno de estos umbrales.

¿Por qué te importa?

Los titulares que hablan de un 'límite para transferir' pueden generar una interpretación equivocada. No se trata de un tope que impida mover dinero: son montos a partir de los cuales determinadas entidades deben incorporar la operación en sus regímenes informativos. La mejor protección es poder justificar el origen de los fondos y conservar comprobantes de ventas, préstamos, transferencias familiares u otras operaciones legítimas.

Qué podés hacer
  • Guardá comprobantes de transferencias, facturas y recibos.
  • Conservá contratos de compraventa y constancias de préstamos.
  • Guardá documentación sobre donaciones que hayas recibido o realizado.
  • Descargá periódicamente los extractos bancarios y de tus billeteras.
Fuentes
WhatsAppCorreo